RIPCI 2026 explicado para pymes

RIPCI 2026 explicado para pymes

RIPCI 2026 explicado para pymes. El Real Decreto 770/2025 actualiza el reglamento de protección contra incendios y fija nuevas obligaciones para las empresas desde marzo de 2026.

Las pequeñas y medianas empresas deberán adaptarse a una nueva actualización normativa en materia de instalaciones de protección contra incendios a partir del 3 de marzo de 2026. La entrada en vigor del Real Decreto 770/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado en septiembre de 2025, modifica el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) con el objetivo de actualizar los criterios técnicos y armonizar la normativa española con los estándares europeos.

La reforma no supone la sustitución inmediata de las instalaciones existentes, pero sí introduce cambios que afectarán a las revisiones periódicas, al mantenimiento de los equipos y a la documentación que deberán conservar los titulares de negocios con sistemas de protección contra incendios.

¿Qué cambia con la entrada en vigor del RD 770/2025?

La principal novedad consiste en la actualización de numerosas normas técnicas UNE utilizadas como referencia para la instalación, mantenimiento y verificación de los equipos de protección contra incendios. Estas modificaciones alcanzan a elementos como extintores, bocas de incendio equipadas (BIE), hidrantes, sistemas de abastecimiento de agua, rociadores automáticos y sistemas de control de humos.

El nuevo texto también incorpora referencias adaptadas a la legislación europea sobre productos de construcción, ampliando las responsabilidades de fabricantes, importadores y representantes autorizados respecto a la comercialización de estos equipos.

¿A qué empresas afecta la actualización del RIPCI?

Las modificaciones afectan a prácticamente cualquier empresa que disponga de instalaciones de protección contra incendios, incluyendo comercios, oficinas, naves industriales, establecimientos hosteleros, garajes, almacenes y otros locales de actividad económica.

Las instalaciones ya existentes no tendrán que modificarse de forma inmediata. La adaptación se realizará conforme vayan superando las inspecciones y revisiones periódicas previstas en la normativa vigente, incorporando los nuevos requisitos técnicos cuando corresponda.

¿Cómo cambia el mantenimiento de las instalaciones?

Uno de los aspectos reforzados por el Real Decreto 770/2025 es el mantenimiento de los sistemas instalados. La nueva regulación exige conservar durante un mínimo de cinco años toda la documentación relacionada con las operaciones de mantenimiento y revisión.

Además, en cada intervención deberá verificarse que los equipos continúan ajustándose a las normas técnicas actualizadas y que las actuaciones son realizadas por empresas y personal debidamente habilitados conforme al reglamento.

¿Qué sucede con los sistemas automáticos de detección?

El reglamento mantiene la importancia de seleccionar el sistema de detección más adecuado según las características de cada espacio. En determinadas dependencias donde existen variaciones habituales de temperatura, vapor o humos de proceso, puede resultar más apropiado instalar un detector termovelocimétrico, diseñado para activarse cuando detecta un incremento rápido de temperatura o al alcanzar un umbral previamente establecido, de acuerdo con la norma EN 54-5.

La actualización normativa incorpora referencias técnicas renovadas que servirán de base para evaluar estos dispositivos durante las inspecciones y revisiones reglamentarias.

¿Qué ocurre con los equipos de extinción?

Los equipos de primera intervención también quedan afectados por la actualización de las normas UNE. Entre ellos se encuentran los extintores portátiles y móviles, cuyas especificaciones técnicas pasan a referenciar versiones más recientes de la normativa europea.

En instalaciones donde existan riesgos asociados a cuadros eléctricos, servidores o equipos electrónicos, continúa utilizándose el extintor co2, al tratarse de un agente extintor que actúa sin dejar residuos sobre los equipos eléctricos, siempre que su instalación responda a los criterios técnicos establecidos para cada tipo de riesgo.

¿Se podrán utilizar nuevas tecnologías?

Otra de las novedades incorporadas por el Real Decreto 770/2025 es la posibilidad de introducir soluciones innovadoras mediante la Evaluación Técnica Europea (ETE). Este procedimiento permitirá la incorporación de productos que todavía no dispongan de una norma UNE específica, siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación europea.

Esta medida abre la puerta a nuevas tecnologías relacionadas con la detección automática, los agentes extintores y otros sistemas de protección que vayan desarrollándose en los próximos años.

¿Cuáles son las fechas más relevantes para las empresas?

El calendario establecido por la norma fija varios hitos de interés para los titulares de actividades económicas:

  • Septiembre de 2025: publicación del Real Decreto 770/2025 en el BOE.
  • 3 de marzo de 2026: entrada en vigor de las modificaciones reglamentarias.
  • Revisiones periódicas posteriores: adaptación progresiva de las instalaciones existentes conforme a los nuevos criterios técnicos.

Las empresas mantenedoras deberán aplicar desde esa fecha las nuevas referencias normativas durante las inspecciones reglamentarias.

El RIPCI 2026 inicia una nueva etapa para las instalaciones de protección contra incendios 

La entrada en vigor del RIPCI 2026 marcará el inicio de una nueva etapa regulatoria para miles de empresas españolas, que deberán comprobar en sus próximas revisiones que las instalaciones de protección contra incendios cumplen las exigencias establecidas por el Real Decreto 770/2025 y por las normas técnicas actualmente vigentes.

¿Qué supone el RIPCI 2026 para las pymes?

El RIPCI 2026 explicado para pymes pone el foco en la actualización técnica de las instalaciones existentes, el refuerzo del mantenimiento y la incorporación de nuevas referencias normativas sin imponer una renovación inmediata de todos los equipos.

¿Qué revisiones continúan siendo obligatorias?

La actualización del reglamento no modifica los plazos generales de revisión establecidos para numerosos equipos de protección contra incendios. Entre ellos permanecen las comprobaciones periódicas, las revisiones anuales efectuadas por empresas habilitadas y las pruebas de retimbrado de los extintores dentro de los intervalos previstos por la normativa.

La documentación generada durante estas actuaciones cobrará una mayor relevancia, ya que la nueva regulación refuerza las obligaciones relacionadas con la trazabilidad y la conservación de los registros.

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